Se establecen las siguientes percepciones:
Se repercutirán, además, los gastos extraordinarios que se produzcan si por razones de urgencia se recurre al teléfono, telégrafo, télex, agencias informativas o servicios especiales de gestores de la Entidad.
En las consultas al Registro de la Propiedad por cuenta de terceros, además de recuperar los devengos y gastos ocasionados, se percibirán 25,00 euros por finca verificada.
Se entienden comprendidas en este concepto las gestiones típicas bancarias realizadas ante Organismos Públicos o Privados por instrucciones del cliente y que ocasionalmente requieren desplazamiento de personal de la Caja, frecuentemente de Apoderados. A título de ejemplo se citan las siguientes:
Se percibirá la cantidad de 15,03 euros por gestión realizada fuera de la Entidad tanto en la constitución como en la cancelación de operaciones, a petición del cliente y cuando no obedezca a una previa obligación contractual.
Esta comisión no se percibirá en el caso de que el desplazamiento de personal de la Caja tenga como objeto la firma de escrituras o sea necesario para el perfeccionamiento de la operación.
Se repercutirá íntegramente el importe de la minuta e impuestos si los devengara.
Se percibirá la cantidad de 1,20 euros.
Esta comisión únicamente se aplicará cuando el reconocimiento de firma tenga por finalidad la presentación y efecto ante terceros.
No se percibirá comisión por duplicados de extractos de cuenta en los casos en que la solicitud tenga por finalidad la resolución de incidencias legales.
No se percibirá comisión por emisión de certificados por la expedición de “certificados de saldo cero”, ni en aquellos casos en que la certificación se realice en cumplimiento de algún precepto normativo.
En concepto de gestión (desplazamiento, correo, teléfono, fax, telégrafo) por reclamación efectuada de estas posiciones, se percibirá por una sola vez, una comisión de 35,00 euros por cada rúbrica o cuenta en la que el Cliente presente posiciones vencidas. (Ver epígrafes: 7º, 8º, 11º, 12º, 13º y 19º).
En concepto de venta de entradas se percibirá una comisión del 10% sobre el importe de la entrada, con un mínimo de 3,00 euros.
A la contratación se percibirá una comisión de 30 euros. Por cada utilización se percibirán 5 euros de comisión.
Por este concepto se percibirá una comisión semestral de 9,00 euros.
Confección por orden del cliente de cheques, pagarés de cuenta corriente, pagos domiciliados u otros documentos que supongan instrucciones de pago, con la firma digitalizada del cliente o del banco, según el tipo de documento, y distribución a los beneficiarios del documento por correo.
Se percibirá una comisión de 1,50 euros por documento.
Nota: Se repercutirán los gastos de correo que se generen en la realización de estas operaciones.
Servicio de asesoramiento integral personalizado. Los clientes que se adhieran al Servicio de Banca Personal de Cajastur dispondrán de una oferta de servicios personalizados:
Importe de la comisión: 30,00 euros en el momento del alta en el Servicio, con un coste mensual de 12,00 euros.
Por el servicio de recuento, empaquetado o transformación de moneda fraccionaria y/o billetes, a petición de personas o entidades con actividad empresarial, profesional, asociativa o cualquier otra distinta de la estrictamente particular. Si se destina a ingreso en un depósito a la vista, no se aplicará comisión si el número de unidades no supera las 50.
Importe de la comisión: 6,00 euros por cada 500 unidades o fracción.
Por el servicio de transmisión electrónica de ficheros se percibirá una comisión mensual de 60,00 euros.
Se percibirá 15,00 euros por duplicado expedido. Se aplicará esta comisión sólo a los duplicados solicitados por los clientes.
Se cobrará una comisión de 45 euros por entregas de efectivo en oficina, solicitadas por el cliente, que por su importe, que supera el encaje normal, generan costes extraordinarios de transportes de seguridad ( a partir de 30.000 euros ), siempre que el cliente no haya preavisado con una antelación de al menos 24 horas.