Cajastur

CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
En vigor desde el 26.04.10
EPÍGRAFE 10º


EPÍGRAFE 10º: DIVERSOS SERVICIOS PRESTADOS


1. INFORMES COMERCIALES

Se establecen las siguientes percepciones:

Se repercutirán, además, los gastos extraordinarios que se produzcan si por razones de urgencia se recurre al teléfono, telégrafo, télex, agencias informativas o servicios especiales de gestores de la Entidad.

En las consultas al Registro de la Propiedad por cuenta de terceros, además de recuperar los devengos y gastos ocasionados, se percibirán 25,00 euros por finca verificada.

2. DIVERSAS GESTIONES BANCARIAS

Se entienden comprendidas en este concepto las gestiones típicas bancarias realizadas ante Organismos Públicos o Privados por instrucciones del cliente y que ocasionalmente requieren desplazamiento de personal de la Caja, frecuentemente de Apoderados. A título de ejemplo se citan las siguientes:

Se percibirá la cantidad de 15,03 euros por gestión realizada fuera de la Entidad tanto en la constitución como en la cancelación de operaciones, a petición del cliente y cuando no obedezca a una previa obligación contractual.

Esta comisión no se percibirá en el caso de que el desplazamiento de personal de la Caja tenga como objeto la firma de escrituras o sea necesario para el perfeccionamiento de la operación.

POR VALORACIÓN DE FINCAS EN PRESTAMOS HIPOTECARIOS:

Se repercutirá íntegramente el importe de la minuta e impuestos si los devengara.

POR RECONOCIMIENTO SIMPLE DE FIRMA:

Se percibirá la cantidad de 1,20 euros.

Esta comisión únicamente se aplicará cuando el reconocimiento de firma tenga por finalidad la presentación y efecto ante terceros.

3. INFORMACIONES DIVERSAS A CLIENTES

CON CARACTER GENERAL Y PERIÓDICO.

A PETICIÓN DEL CLIENTE, por cada documento o extracto:

No se percibirá comisión por duplicados de extractos de cuenta en los casos en que la solicitud tenga por finalidad la resolución de incidencias legales.

CERTIFICADOS PARA EMPRESAS DE AUDITORIA

No se percibirá comisión por emisión de certificados por la expedición de “certificados de saldo cero”, ni en aquellos casos en que la certificación se realice en cumplimiento de algún precepto normativo.

4. RECOGIDA Y ENTREGA DE EFECTIVO A DOMICILIO

IMPORTE HASTA 6.010,12 EUROS:
6,01 euros de comisión más los gastos de desplazamiento.
IMPORTE IGUAL O SUPERIOR A 6.010,12 EUROS:
La prestación de este servicio requiere la utilización de empresas especializadas en transporte blindado de fondos, siendo a cargo del peticionario la facturación de dicho servicio.

5. RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS, VENCIDAS O DESCUBIERTOS (LIQUIDACIONES, AMORTIZACIONES, CUOTAS, INTERESES O COMISIONES)

En concepto de gestión (desplazamiento, correo, teléfono, fax, telégrafo) por reclamación efectuada de estas posiciones, se percibirá por una sola vez, una comisión de 35,00 euros por cada rúbrica o cuenta en la que el Cliente presente posiciones vencidas. (Ver epígrafes: , , 11º, 12º, 13º y 19º).

6. VENTA DE ENTRADAS

En concepto de venta de entradas se percibirá una comisión del 10% sobre el importe de la entrada, con un mínimo de 3,00 euros.

7. BUZÓN NOCTURNO

A la contratación se percibirá una comisión de 30 euros. Por cada utilización se percibirán 5 euros de comisión.

8. DEPÓSITO DE CORRESPONDENCIA EN OFICINA

Por este concepto se percibirá una comisión semestral de 9,00 euros.

9. CONFECCIÓN DE DOCUMENTOS NO GARANTIZADOS

Confección por orden del cliente de cheques, pagarés de cuenta corriente, pagos domiciliados u otros documentos que supongan instrucciones de pago, con la firma digitalizada del cliente o del banco, según el tipo de documento, y distribución a los beneficiarios del documento por correo.

Se percibirá una comisión de 1,50 euros por documento.

Nota: Se repercutirán los gastos de correo que se generen en la realización de estas operaciones.

10. SERVICIO BANCA PERSONAL

Servicio de asesoramiento integral personalizado. Los clientes que se adhieran al Servicio de Banca Personal de Cajastur dispondrán de una oferta de servicios personalizados:

Importe de la comisión: 30,00 euros en el momento del alta en el Servicio, con un coste mensual de 12,00 euros.

11. MONEDA FRACCIONARIA Y/O BILLETES

Por el servicio de recuento, empaquetado o transformación de moneda fraccionaria y/o billetes, a petición de personas o entidades con actividad empresarial, profesional, asociativa o cualquier otra distinta de la estrictamente particular. Si se destina a ingreso en un depósito a la vista, no se aplicará comisión si el número de unidades no supera las 50.

Importe de la comisión: 6,00 euros por cada 500 unidades o fracción.

12. POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTE DE TESTAMENTARIA, a petición expresa del cliente.

13. SERVICIO DE INFORMACIÓN SOBRE CUENTAS MEDIANTE INTERCONEXIÓN (AHORRO CASH)

Por el servicio de transmisión electrónica de ficheros se percibirá una comisión mensual de 60,00 euros.

14. POR LA EMISIÓN DE DUPLICADO DE LIBRETA

Se percibirá 15,00 euros por duplicado expedido. Se aplicará esta comisión sólo a los duplicados solicitados por los clientes.

15. ENTREGAS EXTRAORDINARIAS DE EFECTIVO

Se cobrará una comisión de 45 euros por entregas de efectivo en oficina, solicitadas por el cliente, que por su importe, que supera el encaje normal, generan costes extraordinarios de transportes de seguridad ( a partir de 30.000 euros ), siempre que el cliente no haya preavisado con una antelación de al menos 24 horas.

Caja de Ahorros de Asturias - Inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, tomo 1.006, folio 1, hoja AS-422. C.I G33001884. Domicilio Social: Plaza de la Escandalera, 2. 33003 Oviedo